Capacitación

Programa Franquicia Tributaria OTEC ESCES

Todas la Empresa de Primera Categoría que tengan en el año anterior  una planilla anual sobre 35 a 45 UTM, tienen derecho al uso de la  Franquicia Tributaria para la Capacitación.

Conforme a lo señalado, las mencionadas empresas se encuentran facultadas para descontar del impuesto a pagar, los gastos incurridos en la realización de acciones de capacitación para sus trabajadores, hasta la concurrencia del 1% de la planilla anual de remuneraciones imponibles del conjunto de sus trabajadores, o hasta 9 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) en el caso que el 1% sea inferior a esa cifra y que la planilla anual de remuneraciones sea igual o superior a 45 UTM.

Tabla de Tramos y Montos:


tabla-esces-franquicia-tributaria1

Revise el resto del documento acá »

Ver Cursos Franquicia Tributaria


Programa Convenio Marco OTEC ESCES

Generalidad:

El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), han elaborado una convocatoria para suscribir convenios marcos sobre la base de los cursos más demandados por las personas que pertenecen a grupos vulnerables y empresas de menor tamaño con el propósito de contribuir a aumentar la competitividad de las empresas y la empleabilidad de las personas, como parte de la aplicación de políticas públicas e instrumentos para el mercado de la capacitación e intermediación laboral, que propendan al desarrollo de un proceso de formación permanente.


Desde esta óptica, el presente llamado considera cinco categorías de requerimientos, las que a continuación se señalan:


a. Competencias Laborales: proceso de desarrollo de competencias que ofrece diseños curriculares, procesos pedagógicos y recursos con base a un referencial o estándar de estas competencias. Es un enfoque integrador de conocimientos, habilidades y actitudes que se estructura modularmente a partir de la identificación de competencias realizadas en los distintos sectores productivos y, por tanto, de alta pertinencia y calidad.


b. Mype: capacitación dirigida a empresas de menor tamaño, a la cual pueden acceder tanto los trabajadores como los socios, dueños y administradores. Dentro de su población objetivo considera a microempresas formales como informales.


c. Oficio: formación para el desempeño de una función u ocupación habitual en un espacio laboral acorde a la realidad laboral de la zona para la cual se solicita el oficio. En lo posible, dicha formación debe procurar contar con aspectos técnicos específicos como también de carácter transversal referidos a aspectos de empleabilidad de las personas.


d. Nivelación de Estudios: modalidad flexible de certificación de estudios de Educación Básica y Media, a través unidades de aprendizaje o módulos, combinados conectividades presénciales y de autoaprendizaje, las que podrán adquirir la forma de tutorías, talleres, trabajos de investigación, educación a distancia y otros similares. Asimismo, desarrolla procesos educativos de duración flexible, en que los que alumnos y alumnas avanzan de acuerdo a sus propios ritmos, condiciones de aprendizaje y tiempo disponible.


e. Servicios Complementarios: servicios que cada organismo técnico podrá brindar, de acuerdo a los requerimientos del plan o programa licitado. Éstos serán de Formación y Apoyo.


Revise el resto del documento acá »

Ver Cursos Convenio Marco